Vosseler Abogados, letrados especializados en derecho laboral.
Desde los albores de la humanidad los individuos han debido desarrollar algún tipo de actividad transformadora del mundo con el fin de obtener los bienes materiales o los medios económicos para su subsistencia. Durante mucho tiempo el trabajo estuvo presidido por relaciones de fuerza y de poder, pero con los avances sociales y económicos de la modernidad se inauguró una etapa en la que hubo de elaborarse un conjunto de normas y principios teóricos que regularan las relaciones jurídicas entre empleadores y trabajadores. Esa rama del derecho entiende el trabajo como una acción originada por una prestación voluntaria, subordinada y retribuida de la actividad humana para la producción de bienes y servicios. Además, garantiza el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en la relación laboral.
Reconocimientos
El Servei Català de Trànsit de la Generalitat ha otorgado uno de sus premios de Seguridad Vial 2015 al abogado Daniel Vosseler por su larga trayectoria profesional en esta materia.
Derecho Laboral
Tradicionalmente, se puede subdividir el derecho laboral en los siguientes ámbitos: derecho individual del trabajo, que trata de las relaciones que surgen del vínculo contractual entre trabajador y empleador; derecho colectivo del trabajo, que alude a la reglamentación de las relaciones laborales entre diversos colectivos como sindicatos, organizaciones de empleadores, coaliciones, comités de empresa y negociación colectiva entre las partes; derecho de seguridad social, referido a la protección fundamentalmente económica de los trabajadores ante los riesgos de enfermedad, accidentes, vejez…; y derecho procesal laboral. Los profesionales de Vosseler Abogados estamos preparados para hacer frente a cualquier contingencia que pueda producirse en este contexto, especialmente en accidentes laborales. Así pues, en el ámbito laboral nos encontramos habitualmente, por ejemplo, con despidos nulos o improcedentes que deben ser indemnizados de conformidad con la legislación vigente, lo que conlleva la necesidad de acudir a los tribunales de justicia. También tramitamos expedientes de incapacitación laboral a todas aquellas personas que padezcan una limitación susceptible de encuadrarse en alguno de los cuatro tipos de incapacidad establecidos legalmente.
Áreas
- Despidos
- Accidentes de trabajo
- Incapacidades
- Derechos de los trabajadores y de las empresas
- Inspecciones de trabajo
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Preguntas frecuentes
A continuación podrás leer las preguntas más frecuentes sobre sobre los despidos, los ERTE y los accidentes de trabajo.
¿Quién puede contratar a un abogado especialista en Derecho Laboral?
Cualquier sujeto, que se encuentre involucrado en un problema laboral que necesite resolver jurídicamente, puede contratar a un abogado. Por lo tanto, esto incluye a trabajadores por cuenta ajena, a trabajadores autónomos, así como también a empresas de todos los tamaños, desde micro pymes, hasta grandes empresas.
Me han despedido de mi trabajo, ¿qué debo hacer?
Lo primero que debes hacer si te han despedido de tu empleo es coger una de las copias de la carta de despido, así como también del finiquito. Además, en las copias de ambos documentos que se quedará la empresa, debe quedar especificada la fecha en la que recibiste las cartas y la expresión “no conforme”.
En caso de que el despido se haya producido de manera verbal, debes acudir cuanto antes a un despacho de abogados especializados en derecho laboral.
Me han dado para firmar la carta de despido y el finiquito, ¿debo firmar?
Es recomendable que firmes ambos documentos. Eso sí, es muy importante que hagas constar en ambas cartas la fecha en la que las has recibido y la expresión “no conforme”.
De esta manera, estarás firmando en concepto de recepción de la carta y, a la vez, expresando que no estás de acuerdo con el despido y el finiquito. Así, podrás reclamar si lo deseas.
Mi empresa me amenaza con no pagarme si añado la expresión “no conforme” en la carta de despido. ¿Qué hago?
En ocasiones, las empresas amenazan a los empleados con que, en caso de añadir alguna expresión como “no conforme” a la carta de despido, no les pagarán el sueldo, ni el finiquito. Si este es tu caso, no te preocupes.
Mantente firme y no firmes nada. Antes de hacerlo, acude a Vosseler Abogados. Nosotros te asesoraremos en los pasos que debes seguir. En cualquier caso, no tienes de qué preocuparte. Si la empresa no te paga lo que debe en el momento establecido, lo hará más adelante con intereses.
¿De qué plazo dispongo para realizar una demanda por despido?
Si quieres realizar una reclamación de indemnización por tu despido, tienes que hacerlo durante los siguientes 20 días hábiles tras la fecha de efecto del despido.
Esto quiere decir que debes contar 20 días desde la fecha oficial de despido, sin tener en cuenta los sábados, domingos, ni festivos.
¿Es legal un despido verbal?
Sí. Tu empresa te puede despedir de tu puesto de trabajo de manera verbal. Sin embargo, en los casos en los que el despido se ha producido de manera verbal, si vas a un juicio para reclamar, puede declararse improcedente el despido por no haber sido comunicado de manera escrita.
¿Qué debo hacer si me despiden verbalmente?
En caso de que te despidan verbalmente, debes enviar de manera escrita un mensaje a la empresa. Ya sea por e-mail, burofax o, incluso, WhatsApp, debes expresar que te han despedido verbalmente. Además, es muy aconsejable que en el propio mensaje que envíes, exijas una comunicación por escrito de dicho despido.
Esto es muy importante ya que será la prueba que tendrás para justificar que no has abandonado tu puesto de trabajo unilateralmente.
¿Qué pasa si mi despido se declara improcedente?
Si el Juez dicta sentencia declarando que tu despido ha sido improcedente, y no se ha alcanzado un acuerdo indemnizatorio, la empresa tendrá un plazo de 5 días para elegir qué camino tomar.
Las dos opciones disponibles serán readmitirte en el trabajo, abonando además los salarios que has dejado de percibir por el despido; o pagarte una indemnización por despido improcedente.
Si estoy de baja médica, ¿me pueden despedir?
Sí. El hecho de estar de baja médica no significa que tu empresa no te pueda despedir. El despido se puede producir en cualquier momento, independientemente de tu situación de baja.
Sin embargo, si estás de baja médica y te han despedido, te recomendamos que acudas a nuestro despacho de abogados. Cuando estás de baja médica y eres despedido, dependiendo de las circunstancias, tienes muchas probabilidades de que el despido sea declarado improcedente o, incluso, nulo.
Mi empresa ha hecho un ERTE, ¿me tienen que indemnizar?
No. Si tu empresa ha aplicado un ERTE, dado que se trata de una situación temporal y no es un despido como tal, por el momento no te corresponde una indemnización.
Tengo un contrato temporal; ¿me pueden aplicar un ERTE?
Generalmente, los trabajadores pueden sufrir un ERTE, tengan el tipo de contrato que tengan. Por lo tanto, contratos temporales, de formación o fijos-discontinuos también pueden verse afectados por el ERTE.
Mi empresa hace un ERTE de suspensión, ¿sigo cobrando mi nómina?
No. Si el ERTE que ha aplicado tu empresa es de suspensión, también se suspende la obligación de la empresa de abonar los salarios. En ese caso, y si cumples con las condiciones para recibir una prestación por desempleo, podrás cobrar el subsidio por desempleo.
Mi empresa hace un ERTE de reducción de jornada, ¿sigo cobrando mi nómina?
Sí. Sin embargo, la nómina que percibirás durante la duración del ERTE será proporcional al número de horas que trabajes. Además, en caso de que cumplas con los requisitos para solicitar la prestación por desempleo, podrás cobrar la parte proporcional a las horas que has dejado de trabajar.
Es decir, si tu jornada original era de 8 horas y se ha reducido a 4, ocurre lo siguiente: continuarás recibiendo la nómina por las 4 horas de trabajo que realices, y puedes solicitar la prestación por desempleo por las 4 horas que has perdido.
¿Qué se considera accidente de trabajo?
Hay algunas dudas entre los trabajadores sobre qué se considera accidente de trabajo y qué no. Debemos entender por accidente de trabajo cualquier lesión corporal que un trabajador haya sufrido con ocasión, o por consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena. Por ese motivo, y teniendo esto en cuenta, se consideran accidentes de trabajo los siguientes supuestos:
- Un accidente que sufra un trabajador cuando se dirige de camino o de regreso a su puesto de trabajo.
- Un accidente ocurrido como consecuencia de los cargos electivos de carácter sindical. Además de los que hayan ocurrido, tanto al ir como al volver, de ejercer las funciones de esos cargos.
- Si tienen conexión con el trabajo, los accidentes que hayan ocurrido en actos de salvamento, o en otros actos de similar naturaleza.
- Los accidentes ocurridos con ocasión, o por consecuencia, de las tareas que, aunque sean distintas de las que suele realizar de manera regular en su puesto de trabajo, esté ejecutando el trabajador por órdenes del empresario, o espontáneamente con el fin del buen funcionamiento de la empresa.
Además de estos accidentes, que pueden ser considerados accidentes de trabajo, también se pueden considerar de esta naturaleza los siguientes:
- Las enfermedades, no incluidas como enfermedad laboral, que contraiga el trabajador por la realización del trabajo. Eso sí, en este caso, debe probarse de manera inequívoca que la causa de la enfermedad fue, exclusivamente, la ejecución del trabajo.
- Las enfermedades o defectos que, aunque ya padeciese con anterioridad el trabajador, se hayan agravado debido a una lesión por accidente.
Si soy autónomo y he tenido un accidente en el trabajo, ¿se considera accidente de trabajo?
Los autónomos también pueden sufrir accidentes de trabajo. El hecho de trabajar por cuenta propia no significa que no puedan sufrir un accidente de trabajo. Sin embargo, en estos casos, son muchos los matices que se deben tener en cuenta.
Es necesario tener en cuenta que los accidentes in itinere que sufran los trabajadores autónomos, no se podrán considerar un accidente de trabajo; al contrario de lo que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena.
En cualquier caso, si eres un trabajador autónomo y has sufrido un accidente laboral, no dudes en contactar con un buen despacho de abogados especialistas en derecho laboral.
Tuve un accidente de camino al trabajo, ¿se considera accidente de trabajo?
Generalmente sí. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la jurisprudencia marca una serie de requisitos que será necesario cumplir para que un accidente de este tipo sea considerado accidente de trabajo.
Además, si eres un trabajador autónomo, el accidente de camino al trabajo no será considerado un accidente laboral.
¿Qué es un accidente de trabajo in itinere?
Se trata de un accidente que, aunque no tiene lugar en el lugar de trabajo, ocurre en los desplazamientos hacia y desde el trabajo. Generalmente, suele tratarse de accidentes de tráfico que un trabajador sufre cuando se desplaza del hogar al trabajo, o viceversa.
¿Necesito un abogado si he sufrido un accidente de trabajo?
Cuando sufres un accidente de trabajo, son muchas las cuestiones que pueden surgir. Contar con un buen abogado, como los que puedes encontrar en Vosseler Abogados, te ayudará a enfocar adecuadamente la defensa de tu caso.
A la hora de realizar una demanda para recibir una indemnización por accidente de trabajo, habrá muchas cuestiones legales que sola